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ACTUALIDAD

09 de febrero 2017

ASOCH demanda al CNTV por incumplimiento de ley sobre Lengua de Señas

Intérprete en lengua de señas en publicidad del Gobierno de Chile

En la foto, intérprete en Lengua de Señas en campaña del Gobierno de Chile, informando sobre la emergencia de incendios.

A medida que pasan las semanas y los focos de incendios se mantienen, los canales de televisión abierta aún no incorporan Lengua de Señas en sus noticiarios para mantener informada sobre la emergencia a la comunidad de personas sordas.

 Por Karina Pérez N.

El viernes 27 de enero del 2017, el Servicio Nacional de la Discapacidad  (SENADIS) en conjunto a la Asociación de Sordos de Chile (ASOCH) y con el apoyo de la Subsecretaría de Derechos Humanos denunciaron ante el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) el incumplimiento de los canales de televisión sobre la Ley N°20.422 que  establece principios sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad. Junto al Decreto N°32, la normativa establece que la televisión abierta y proveedores de televisión por cable, deben aplicar mecanismos de comunicación audiovisual que posibiliten a las personas con discapacidad auditiva acceder a la programación.

La denuncia fue realizada por Carlos Pinto, Fiscal del SENADIS junto a Álvaro Jofré, abogado de la ASOCH. En este caso la demanda fue por no incorporar interpretación de Lengua de Señas en la entrega de información sobre los megaincendios en las regiones de  O´Higgins, El Maule y Biobío. Esta falta de información se suma a lo ocurrido con los incendios de Valparaíso y el terremoto en Chiloé, emergencias donde tampoco se consideraron los derechos de las personas con discapacidad auditiva.

Gustavo Vergara, presidente de la Asociación de Sordos de Chile, dice que están a la espera de la citación al juzgado. 

Los canales de TV están obligación a contar con un intérprete en Lengua de Señas en la transmisión o emisión de campañas de servicio público con financiamiento público, de propaganda electoral, debates presidenciales y cadenas nacionales, además de  situaciones de riesgo o emergencia nacional, tales como situaciones de conflicto armado, emergencias humanitarias, catástrofes naturales o hechos que causen conmoción o alarma pública, con el fin de mantener informadas a las personas con discapacidad auditiva y personas sordas. Esto se puede realizar mediante formato de  subtitulado oculto y Lengua de Señas.  Cabe señalar que SENADIS no tiene facultades para sancionar al CNTV por incumplimiento de la ley.